Gallardón plantea hasta seis años de cárcel contra los enlaces no autorizados

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Alberto Ruiz-Gallardón
Alberto Ruiz-Gallardón, en la sesión de control al Gobierno en el Congreso. | efe
  • El texto del proyecto se publica en la web del Ministerio de Justicia
  • Está bajo estudio en el Consejo de Estado, que emitirá dictamen próximamente

P. Romero | Madrid

La propuesta de reforma del Código Penal (PDF) del ministro Alberto Ruiz-Galladón prevé, entre otras medidas, incrementar la presión sobre la llamada 'piratería' en la Red con cambios sustanciales y un radical endurecimiento de las penas a los intermediarios.

La última versión del texto del anteproyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal -enviada al Consejo de Estado el pasado 5 de abril- ha sido al fin publicada en el sitio web del Ministerio de Justicia, después de que una versión filtrada (comentada brevemente ayer por Carlos S. Almeida en el blog Jaque perpetuo) y colgada en la página web de la Universidad de Barcelona disparase los comentarios de internautas, expertos y juristas.

Se confirma que Justicia propone modificaciones importantes en los artículos sobre delitos contra la propiedad intelectual, es decir, el 270 y el 271, de modo que se podría criminalizar la actividad de enlazar sin permiso cuando conlleve un beneficio 'directo o indirecto', algo que no ha sido posible con la actual redacción de dichos artículos, tal y como se ha demostrado repetidamente en los tribunales.

Todo ello pese al refuerzo de la lucha por la vía civil y administrativa contra los sitios de enlaces, la llamada 'Ley Lassalle' (heredera de la Ley Sinde), que endurecerá el control sobre estos sitios. Para ello, se endurecerá la Comisión de la Propiedad Intelectual, se instaurará la 'estrangulación económica' de las páginas web infractores y se prevén fuertes multas, además de consagrar una importante limitación del concepto de 'copia privada'.
 
Cambios

En el proyecto de reforma del Código Penal que hay sobre la mesa, el artículo 270 describe el delito contra la propiedad intelectual y señala penas de seis meses a tres años a los infractores. Recuerda la periodista Mirentxu Mariño en el diario 20 Minutos que el Consejo Fiscal (informe en PDF) sugirió uno de los cambios más polémicos, que es incluir en el 270 el término "facilitar el acceso" a los requisitos para que una conducta contraria a la propiedad intelectual sea delito ("reproducir, plagiar, distribuir, comercializar al por menor o comunicar públicamente contenido sujeto a derechos").

Esto abre ampliamente la definición del tipo. El abogado experto David Maeztu se pregunta en su blog: "¿Enlazar es facilitar el acceso? Los asuntos penales contra estas webs siempre fallaban en que la descripción del tipo incluía las conductas de reproducir, comunicar públicamente y distribuir y eso nunca lo hace una web de enlaces, por lo tanto no se les condenaba en lo penal. Ahora, por esta vía se abre la posibilidad de considerar que lo que hacen es facilitar el acceso a la obra sin permiso del autor y por lo tanto, en cierta forma se criminaliza el enlace".

También se cambia la expresión 'ánimo de lucro' por 'beneficio directo o indirecto' (...). El jurista Javier Prenafeta cree que "resulta toda una novedad, pero poco hay que explicar". "No obstante", añade en un post, "será complicado calcular el perjuicio real cuando se persiga a los 'facilitadores', inexistente por mucho que la industria trate de colar como perjuicio lo que es el beneficio que obtiene el prestador del servicio".

Asimismo, vuelve la cárcel para los 'manteros' (misma pena, de seis meses a tres años), así como prevé plantar batalla al 'chipeo' de consolas al proponer igual pena para "quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio principalmente [en la actualidad la ley dice 'exclusivamente'] concebido, producido, adaptado o realizado para facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras".

A la cárcel por ofrecer enlaces

En cuanto al artículo 271, su redacción cambia para ir directamente contra los sitios web de enlaces, intermediarios y facililitadores del intercambio no autorizado de material protegido por derechos de propiedad intelectual. Prevé penas de dos a seis años de prisión y multas para "quien, con ánimo de obtener un beneficio directo o indirecto, y en perjuicio de tercero, preste de forma no ocasional un servicio de referenciación de contenidos en Internet que facilite la localización activa y sistemática de contenidos objeto de propiedad intelectual ofrecidos ilícitamente en Internet sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios, en particular, ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y contenidos referidos anteriormente".

La responsabilidad, además, recaerá en el prestador del servicio "aunque dichos enlaces hubieran sido facilitados inicialmente por los destinatarios del servicio", dice el artículo. En estos casos, el juez podrá pedir "el bloqueo del acceso o la interrupción de la prestación del mismo".

El tipo delictivo incluye también aquellas actividades vulneradoras "con un beneficio de especial trascendencia económica", o bien "que el culpable pertenezca a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio", entre otras posibilidades.

'Bien orientado'

El presidente de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP), José Manuel Touné, comentó al Navegante que el texto, de seguir adelante, "está bien orientado". "Es un buen texto que adapta hasta las últimas novedades y mejora mucho la implementación de la legislación europea, que hasta ahora se había hecho tímidamente", declaró.

Tourné minimizó las posibles protestas en la Red en contra de esta reforma penal: "Cada vez que se toca cualquier normativa sobre este tema se levanta polvareda, pero quienes tienen que temer el cambio son los que 'piratean' y se benefician de ello".

Frente a quienes critican la amplitud de la definición del delito (este sitio mismo web, por ejemplo, enlaza a otros), Tourné puntualizó que "hay otros requisitos que el juez tendrá que comprobar que se cumplen". "Técnicamente el tipo está mejor definido que el actual, siempre ha sido muy difícil definirlo, pero en su sentido se entiende, es más fácil de entender en este caso", comentó, y recordó: "Ahora es que todo el mundo queda fuera del delito".

Este borrador, que aún puede sufrir cuantas modificaciones sean necesarias, no ha tenido mucha suerte en su recorrido por los órganos consultivos del Estado. Las profundas -y polémicas- reformas impulsadas por el ministro han logrado poner de acuerdo entre sí y en su contra a prácticamente todos los actores de la Justicia, mientras que el Consejo General del Poder Judicial criticó duramente varias de las medidas que recoge esta reforma del Código Penal, en especial la custodia de seguridad y la prisión permanente revisable.

Fuente: El Mundo.

'Biohackers' y su Ley Sinde: pensamiento y acción

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Por Jesús Blanco Leblic.

Hace unas semanas los medios internacionales se hicieron eco de una noticia que puede cambiar el panorama mundial respecto a los derechos de los titulares de patentes biotecnológicas. Las consecuencias en España, tras la tendencia prohibicionista del Gobierno y ante el miedo y la presión por evitar ser incluidos en la temida lista 301, podrían traer una 'ley tipo Sinde' que, de nuevo, esconda una verdad: la de proteger la privatización de lo que es de todos, ayudando a concentrar las posibilidades de innovación en las gigantes multinacionales la investigación y, de paso, dificulte el intercambio de información.

La noticia básicamente se centra en el pleito que enfrenta a los modernos David y Goliat, un granjero estadounidense de 75 años y una multinacional propietaria del mayor porcentaje de patentes de transgénicos. Al fallo que resuelva el procedimiento están muy atentas las grandes compañías creadoras de 'software' como Apple y Microsoft (En Estados Unidos, al contrario que en Europa, sí están permitidas las patentes de 'software'). Las dos multinacionales, tras años de batallas de patentes entre ellas, han conseguido copar el mercado de patentes de 'software' y se unen en la lucha contra un enemigo común. Así, manifiestan, desde su privilegiado 'club', la BSA (Business Software Alliance), que en caso de una resolución no favorable al titular de la patente se facilitará la 'piratería' a gran escala puesto que tanto la programación informática como la genética incluida en las semillas pueden reproducirse fácilmente.

España es el único país de la UE en el que el cultivo y explotación de alimentos transgénicos está permitido a gran escala. El 80% de los cultivos transgénicos de Europa están en nuestro país. Sin embargo, países como Francia o Italia han decidido mantenerse al margen, al no tener constancia de que el consumo de los transgénicos a largo plazo no sea perjudicial. Esta permisividad a la explotación de transgénicos junto con la crisis que nos asola y el jaleado movimiento emprendedor, hace que cada vez sean más los urbanitas que abandonan la ciudad y se trasladan al campo donde experimentan con vegetales en busca de obtener la planta más resistente y el fruto disponible todo el año. Una suerte de Steve Wozniacks 3.0 que en vez de garajes se alojan en granjas y en vez de trastear con 'software' lo hacen con ADN. Dichos bioemprendedores combinan sus conocimientos de biología con la ética 'hacker' en la que han crecido, una mezcla que aterra a las multinacionales que quieren que la ley permita que se patenten "hechos de la naturaleza" y obtener el monopolio sobre la observación de una determinada secuencia de ADN.

La mencionada noticia pasó casi desapercibida, pero nos debemos sentir obligados a pensar sobre ella y en consecuencia actuar ante lo que se pueda venir. La multinacional Monsanto es un gigante de puertas giratorias que intercambian altos cargos ejecutivos con gobernantes. De hecho ha conseguido formar 'lobbies' para los dos partidos de Estados Unidos, provocando que, al igual que se dio en las elecciones pasadas, ganase quien ganase, Monsanto tendría representante.

Estos 'lobbies' o grupos de presión se han propagado por el mundo como las semillas transgénicas de Monsanto. En 2010 podíamos conocer a través de uno de los cables de Wikileaks la alianza entre EEUU y el Gobierno Español para defender los organismos genéticamente modificados. Incluso, la embajada americana llegó a mediar a favor del gigante Monsanto en contra de las posiciones de la Comisión Europea.

Por su parte, el Congreso de EEUU aprobó una enmienda al proyecto de Ley agrícola por el que se le quitó a los tribunales federales la potestad para "detener la venta y siembra de cultivos genéticamente modificados", dicho proyecto de Ley, también conocido como 'Monsanto Protection Act', fue impulsado por el senador republicano Roy Blunt quien, según el diario New York Daily News, colaboró con Monsanto en la redacción de la iniciativa.

Con la aprobación de la 'Monsanto Protection Act', las empresas de biotecnología no tendrán que obtener la aprobación de un juez federal para poner a prueba cultivos y equipos de laboratorio de fabricación, e incluso, la venta de esos cultivos. Es decir, más carta blanca para las multinacionales biotecnológicas, lo que ha provocado que numerosas asociaciones y organizaciones actúen recogiendo firmas contra la mencionada cláusula y en defensa de los consumidores y el medio ambiente.



La historia del granjero de Indiana acusado por la multinacional de infringir sus derechos de propiedad intelectual por reutilizar sin su permiso las semillas de un año para otro nos plantea la incógnita de si es factible que lo mismo suceda en España; si, como ocurre en el caso de las paginas web, una comisión puede venir a nuestro huerto y cerrarlo por infringir presuntamente los derechos de propiedad intelectual de un tercero.

Pues bien, no es que pueda suceder, sino que de hecho ya está ocurriendo, y además son más que frecuentes los casos de agricultores a los que se les imputa por "copiar sin autorización", por ejemplo, una variedad de arándanos protegida con licencia o por recolectar mandarinas "sin papeles".

Respecto al asunto, la Ley 10/2002, de 29 de abril incorpora al Derecho español la Directiva 98/44/CE, relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas, y mantiene el "privilegio del agricultor" (art. 11.1 de la Directiva) que le permite utilizar el producto de su cosecha para reproducción o multiplicación a efectos de explotación agrícola, aunque matizado por el articulo 14 del Reglamento CE 2100/94 relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales, que admite el pago de un canon al mejorador.

A su vez, dice la actual Ley de Patentes -de momento- en su articulo 52 que los derechos contenidos por la patente no se extienden ni a los actos realizados en su ámbito privado y con fines no comerciales ni a los actos realizados con fines experimentales que se refieran al objeto de la invención patentada.

Por el contrario, una nueva ley de quien fácilmente cede a las presiones de las multinacionales -endurecedora y restrictiva al estilo Ley Lassalle que limita al mínimo la copia privada-, podría eliminar la posibilidad de que, incluso para uso privado o experimental, alguien pueda utilizar las semillas genéticamente modificadas, obtenidas de su cosecha, sin necesidad del permiso del titular de la patente. De esta manera, podría criminalizarse a los investigadores que abogan por el acceso libre a material genético y tratan de conseguir un bajo costo en sus resultados para no depender de transnacionales monopolistas.

Para controlar a estos "biohackers" las multinacionales cuentan con su propia SGAE, la denominada GESLIVE, la cual lleva a cabo más de mil inspecciones al año y acumula en la actualidad docenas de procedimientos judiciales abiertos, habiéndose dictado múltiples sentencias condenatorias contra agricultores por delitos contra la propiedad industrial. A diferencia de Estados Unidos, donde las compañías de transgénicos cuentan con su Policía genética privada, en España la encargada de llevar a cabo dicha tarea es la policía pública, el SEPRONA, la que se encarga de perseguir y denunciar a aquellos que reproducen semillas sin autorización.

La diferencia entre las patentes comunes y las genéticas, aparte del componente ético y moral que lleva a preguntarnos si se puede tener derecho a patentar la vida y sus diferentes formas de expresión, es el aspecto del decimonónico sistema de patentes, que fue creado para proteger derechos como los derivados de la invención de un motor biodiesel. A diferencia del caso del motor biodiesel, donde un granjero no se levanta por la mañana y se encuentra que su tractor tiene un motor que antes no tenia, en el caso de las semillas, los granjeros sí se pueden encontrar con que el viento ha arrastrado desde más de 500 metros una semilla transgénica que ha contaminado su cultivo sin poder diferenciar entre el cultivo transgénico protegido y el no transgénico.

Mientras tanto, el agricultor que compra semillas modificadas genéticamente se ve obligado a pasar por caja año tras año y año, sin poder decir nada al encontrarse que en los contratos de venta de semillas existen cláusulas como las que permiten el acceso a sus campos a la policía genética, o la que obliga a no demandar a la compañía vendedora, la que impone no contar nada a otros agricultores. Por otro lado, habrá 'bioemprendedores' quienes, ante las tendencias privatizadoras del Gobierno en Sanidad, Educación, etcétera, y los últimos acontecimientos acaecidos en los huertos españoles, tienen razonas suficientes para temer una nueva 'Ley Sinde' persecutoria que concentre en unos pocos la posibilidad de investigación y que restrinja aquellas prácticas presentes desde que existe la agricultura, como son mejorar, guardar, multiplicar e intercambiar las semillas libremente a partir de la cosecha anterior. Prácticas que son un derecho fundamental de todos los agricultores como ha defendido el Tratado de Recursos Fitogenéticos de la FAO.

Pensemos, pensemos y pensemos sobre esto como ya lo hacen agricultores y 'biohackers' y en consecuencia actuemos. 

Fuente: El Mundo.

Las autoridades monetarias de EE UU estudian regular el bitcoin

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  • El comisario Bart Chilton reconoce que no saben cómo controlar la moneda virtual

Javier Martín Madrid 8 MAY 2013 - 09:59 CET


El bitcoin, la moneda virtual más importante, ya forma parte de la agenda en los principales foros del capitalismo. En unos días tanto la Comisión norteamericana del Mercado de Futuros como el fondo de inversiones de Warren Buffett, Berkshire Hathaway, han hablado del bitcoin, que no es poco.

Warren Buffett (82 años de edad) y el presidente de su fondo de inversiones, Charlie Munger, respondieron el sábado a las preguntas de sus inversores, accionistas y curiosos durante largas horas. Una de las preguntas versó sobre la moneda virtual. ¿Había invertido Berkshire Hathaway en bitcoins? La pregunta sobre la moneda virtual, dirigida a dos ancianos que ni siquiera tienen ordenador, parecía una provocación más que un interés por los rendimientos del fondo. Buffett respondió que no pensaba poner en bitcoins ni un dólar de los 48.000 millones que tiene.

Munger, de 89 años de edad, estuvo más fino incluso, al decir que estaba convencido de que no iba a ser una moneda de referencia mundial. Luego en una entrevista a la cadena Fox señaló que el bitcoin es como un "matarratas", un elogio sin duda, pues la misma expresión la había empleado en ocasiones anteriores para referirse a Grecia o al euro.

Casi al mismo tiempo, el lunes, por primera vez, un miembro de la Comisión del Mercado de Futuros, la Commodity Futures Trading Commission (CFTC), el comisario Bart Chilton habló en la CNBC sobre el bitcoin. La moneda virtual fue objeto de debate, preocupados, según dijo, por que caiga como "un castillo de naipes".

Chilton, tras señalar que la moneda virtual no supone ningún riesgo para el sistema financiero, explicó que el organismo ha debatido si el bitcoin pueda ser sometido a algún tipo de regulación por parte de la CFTC, aunque a continuación reconoció que no saben cómo.

Mientras, el cambio del bitcoin -tras la montaña rusa que sufrió a mediados de abril- se ha estabilizado en torno a los 100 dólares y continúa aumentando el número de transacciones diarias que se realizan con esta moneda, según las estadísticas de Blockchain.

Fuente: El País.

Bruselas acusa a Motorola de abuso en la guerra de patentes contra Apple en Alemania

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  • Trata de bloquear la comercialización en Alemania de productos de Apple

Europa Press | Bruselas

La Comisión Europea ha acusado formalmente al fabricante de móviles Motorola, propiedad de Google, de utilizar de forma abusiva sus patentes esenciales relacionadas con estándares de telefonía para tratar de bloquear indebidamente la comercialización en Alemania de productos de Apple, lo que perjudica a los consumidores.

Las acusaciones están contenidas en un pliego de cargos remitido a la empresa, que ahora debe presentar sus alegaciones. De confirmarse, Bruselas podría imponer a Motorola una fuerte multa de hasta el 10% de su volumen de negocios.

"Las empresas deberían dedicar sus recursos a innovar y competir por los méritos de los productos que ofrecen en lugar de utilizar indebidamente sus derechos de propiedad intelectual para mantener a distancia a sus rivales en detrimento de la innovación y los consumidores", ha dicho el vicepresidente de la Comisión y responsable de Competencia, Joaquín Almunia.

Bruselas considera abusivas las ordenes judiciales que Motorola pidió en Alemania -se basa en patentes declaradas esenciales ligadas a la norma de telefonía GPRS- para tratar de detener la comercialización de productos de Apple como el iPhone.

Motorola siguió adelante incluso cuando Apple se declaró dispuesta a pagar el precio de la licencia que fijara el tribunal alemán.

Según el Ejecutivo comunitario, con esta actuación Motorola incumplió los compromisos irrevocables asumidos con los organismos de normalización, que le obligan a conceder licencias para estas patentes esenciales en condiciones equitativas, razonables y no discriminatorias.

La Comisión sostiene que el recurso a ordenes judiciales en este contexto daña a la competencia, ya que distorsiona las negociaciones para la concesión de licencias sobre las patentes en beneficio de Motorola, lo que podría acabar perjudicando a los consumidores.

En el marco de esta guerra de patentes, el Ejecutivo comunitario ya ha abierto una investigación similar contra la compañía coreana Samsung.
Fuente: El Mundo.