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Google se las ve este mes con Europa por la protección de datos y el 'derecho al olvido'

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Entrada a la sede de Google en Zurich.. | EL MUNDO

  • El gigante se enfrenta a sanciones si no aclara sus políticas de privacidad
  • El día 26 hay una importante vista del TJUE sobre el 'derecho al olvido'

Pablo Romero | Madrid

El mes de febrero no está siendo fácil para Google en Europa. La autoridad francesa de protección de datos CNIL ha anunciado la creación de un grupo para discutir una sanción contra la compañía por no cumplir del todo las exigencias europeas en materia de información al usuario y control de éste sobre sus propios datos, así como por ocultar información sobre el tiempo máximo que retiene datos. Además, a finales de este mes la Justicia europea deberá estudiar cuál es la responsabilidad del buscador en el llamado 'derecho al olvido' digital.

Un comunicado de la propia CNIL recuerda que, el 16 de octubre del pasado año, las agencias nacionales de protección de datos de los 27 países de la Unión Europea anunciaron una serie de exigencias a Google tras la 'reunificación' de casi todas sus políticas de uso y de privacidad.

En enero del pasado año, Google fusionó cerca de 60 políticas de privacidad diferentes en una sola, de manera que servían para un amplio abanico de servicios, desde el correo Gmail hasta Google+.

Entonces, estas autoridades europeas de protección (el grupo denominado G29, o grupo de trabajo del Artículo 29) pedían a Google que diera "una información más clara y completa sobre los datos recogidos" y su "finalidad". Según las autoridades europeas, "Google no proporciona suficiente información a sus usuarios sobre el tratamiento que realiza de sus datos", recuerda la Agencia Española de Protección de Datos (AED) en una nota.

"Igualmente", afirma la AEPD, "las autoridades mostraron su preocupación por la combinación de datos entre servicios y requerían a Google que aclarara esos criterios de combinación y garantizara el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos". El grupo G29 dio a Google cuatro meses para cumplir estas peticiones.

Ahora, la CNIL -que lidera las investigaciones sobre la compañía por encargo de las demás agencias europeas- considera que "Google no ha dado una respuesta precisa y operativas a esas recomendaciones". "Bajo estas circunstancias", afirma en un comunicado, las agencias "están decididas a actuar y llevar a cabo sus investigaciones" y "proponen la creación de un grupo de trabajo, dirigido por la CNIL, para coordinar su acción de cumplimiento (previsiblemente una sanción), que deberá tener lugar antes del verano".

'Derecho al olvido'

Por otro lado, a finales de este mes, concretamente el día 26, tendrá lugar la vista del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo que analizará una serie de cuestiones prejudiciales sobre el ejercicio de derechos -concretamente, de oposición y de cancelación de datos personales- frente a buscadores, algo conocido como el 'derecho al olvido' en la Red.

Se trata de una serie de cuestiones sobre peticiones de borrado y bloqueo de datos personales en Internet por parte de particulares. En esa vista estarán presentes representantes de Google, el director de la AEPD, José Luis Rodríguez, representantes de la Comisión Europea, y podrán presentar su postura también cualquier país de la UE que lo desee.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional planteó nueve preguntas (PDF) sobre el denominado 'derecho al olvido' digital.

Estas cuestiones prejudiciales, las primeras de esta naturaleza, son importantes ya que la decisión del TJUE vinculará al resto de tribunales de los estados de la UE con procesos similares sobre el denominado 'derecho al olvido' digital. Aún se desconoce cuándo se hará pública la decisión final del tribunal.

Datos, enlaces, difusión

Este caso en concreto -uno de los más del centenar que maneja la Audiencia Nacional sobre la protección de datos de un particular frente a Google- versa sobre un particular que, al teclear su nombre en el citado buscador, se encontraba con un enlace a un anuncio en el diario El País en el que aparecía la subasta de un inmueble suyo por impago a la Seguridad Social. Pese a que el asunto ya se había resuelto, el anuncio aun era fácilmente accesible.

El ciudadano recibió el amparo de la AEPD, le dio la razón parcialmente y requirió a Google Spain S.L. y Google Inc. que retiraran los datos del anunciante de su índice, aunque no pidió al periódico El País que retirase la información dado que su publicación tenía justificación legal.

Con sus nueves cuestiones prejudiciales, la Audiencia pide al TJUE que aclare cómo interpretar la directiva europea de protección de datos en relación con los recursos interpuestos por Google contra las resoluciones en las que la AEPD ha amparado a ciudadanos.

De hecho, la compañía estadounidense ha sido quien ha llevado este y otras decenas de casos a la Audiencia Nacional mediante recursos contencioso-administrativos, amparándose en su supuesto 'derecho a enlazar', recuerda que las leyes europeas responsabilizan de la difusión de un dato al primero que lo publicó, y además sostiene que los afectados deberían recurrir a los tribunales de California (EEUU), donde está domiciliada la empresa matriz del grupo.

No obstante, la AEPD apunta que muchas quejas de ciudadanos se refieren a ver su nombre en Google vinculado a datos antiguos o resoluciones judiciales al teclear su nombre en el buscado, y alega que "obviamente no tiene la misma difusión la publicación en un boletín oficial que su reflejo en el índice de buscador".

En una entrevista sobre el 'derecho al olvido' concedida a este medio el pasado año, el propio director de la AEPD dejó muy clara su postura acerca del conflicto entre quien publica un dato y quien lo difunde. "Hay que buscar una fórmula que permita conciliar ambos derechos, y nosotros creemos que viene a través de lo que se conoce como los 'protocolos de exclusión', es decir, la aplicación de instrumentos técnicos que están reconocidos por todos los buscadores para evitar la indexación en ese buscador (…) En resumen, hay que buscar el equilibrio en preservar la fuente, el original, no afectar a las hemerotecas, pero sí poner fin a la difusión la difusión generalizada limitando el acceso".

Fuente: El Mundo.

Denuncian a Google ante Protección de Datos por tomar fotos para Street View

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En relación con los cursos del Área Derecho y Nuevas Tecnologías del Instituto Europeo Campus Stellae, os acercamos esta noticia sobre la denuncia de protección de datos contra Google.

Ejemplo de Street View que incluye una persona con el rostro sin difuminar.

  • Es la primera denuncia en este sentido interpuesta ante la AEPD.
  • Desde ePrivacidad confirman que fue interpuesta el 4 de mayo.

Pablo Romero | Madrid

Ahora que los vehículos de Google Street View vuelven a recorrer las calles españolas, el bufete ePrivacidad ha denunciado ante la Agencia de Protección de Datos (AEPD) la toma de fotos por parte de la compañía desde 2008. En la denuncia se destaca además que a Google se le está permitiendo tomar imágenes de forma indiscriminadamente, mientras que la normativa para instalar cámaras en lugares públicos es muy estricta.

Según el texto de la denuncia, a la que ha tenido acceso el Navegante, de una reciente nota (PDF) de la AEPD se llega a la conclusión de que la agencia autoriza a Google a capturar "las imágenes de millones de personas, matrículas de vehículos y cualesquiera otros datos personales que pudieran figurar en la vía pública, siendo consciente además de que esta información tiene como destino ser publicada en Internet". Esta situación contrasta con la dureza de la normativa española al respecto, que puede sancionar la grabación en un espacio público y su difusión sin autorización.

Así, Samuel Parra, representante de la firma denunciante, confirmó al Navegante que Google podría estar cometiendo tres posibles infracciones graves. Por un lado, la mera toma de imágenes, sin permiso expreso del posible afectado; por otro, su publicación, también si permiso expreso del afectado. Y por último, el hecho de que la compañía de Internet incumple (desde 2008) la inscripción en el Registro General de Protección de Datos de los ficheros de las imágenes y de los datos personales captados, una carencia de Google que reconoce la propia AEPD en una nota reciente.

Se trataría de la primera denuncia en este sentido interpuesta ante la AEP), afirman fuentes de la propia agencia. Desde ePrivacidad confirman que la denuncia fue interpuesta el pasado viernes 4 de mayo.

Recientemente, la AEPD informó de que Google se había comprometido a garantizar el anonimato de rostros y matrículas de vehículos en su nueva campaña de captación de imágenes para el servicio Street View. Asimismo, Google se compromete a no captar información de redes WiFi, ni de datos transferidos desde éstas. No obstante, ePrivacidad incluye en su denuncia varios ejemplos de fotografías que aparecen en StreetView en las que rostros y matrículas no están difuminados y pueden ser identificables. Por tanto, ePrivacidad estima que el compromiso no es suficiente.

Antenas

La AEPD ya tiene abierto un expediente (PDF) contra el gigante de Internet también a cuenta de Street View y los datos que captaban de redes WiFi abiertas sus coches al realizar sus recorridos por las calles, mediante antenas especiales.

La agencia abrió en 2010 una investigación para determinar si Google vulneraba la ley de protección de datos y los derechos de los ciudadanos al captar y guardar sin consentimiento datos de la localización de redes WiFi y datos de tráfico asociados a esas redes, un hecho que la compañia reconoció y alegó que captó "por error", a pesar de que lo sabía (tal y como recientemente ha trascendido).

El asunto, descubierto en Alemania, supuso un escándalo global que ha costado a la compañía denuncias y críticas en varios países del mundo. En España los expedientes de la AEPD están pendientes de una decisión judicial al respecto.

Fuente: El Mundo.