El abogado de la UE pide cambiar la directiva de conservación de datos

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  • La norma que obliga a guardar información dos años es una “injerencia” en la vida privada
  • Cruz Villalón cree que entraña “riesgos”

Esperanza Escribano Claramunt Bruselas 12 DIC 2013 - 22:23 CET


La directiva europea sobre conservación de datos es “incompatible” con la Carta de Derechos Fundamentales, según el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Pedro Cruz Villalón. Es decir, la ley marco que obliga a las compañías telefónicas a recabar y conservar datos sobre las llamadas de los ciudadanos y el uso de Internet durante dos años constituye “una injerencia” en el derecho de los ciudadanos a la vida privada, según Villalón.

El abogado general cree que si los datos de los que disponen estas empresas —a qué número se llama, cuándo, con cuánta frecuencia y duración— se explotaran se podría hacer un “retrato completo y preciso” de la vida privada del cliente. Aunque las empresas no pueden acceder al contenido de las llamadas ni de los mensajes, Villalón alerta sobre el “riesgo” de que los datos que se conservan se utilicen con fines ilícitos, porque no los guardan las autoridades, sino los proveedores. Además, ni siquiera tienen que archivarse obligatoriamente en cada Estado, sino que pueden acumularse “en lugares indeterminados del ciberespacio”, aumentando el peligro de que se filtren a terceros con objetivos “fraudulentos o malintencionados”.

La directiva para la retención de los datos fue aprobada en 2006 —cuando no existían los smartphones (teléfonos inteligentes)—, tras los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid y de julio de 2005 en Londres. En ese momento Reino Unido presionó para que los operadores retuvieran durante dos años los datos de las comunicaciones, por cuestiones de seguridad. Los operadores se quejaron entonces de los costes que representaba para ellos guardar los metadatos —no el contenido— de todas las llamadas que realizan sus clientes. La revisión de la polémica directiva que la Comisión hizo en 2011 también apuntó que la norma tenía algunos fallos y, como ha admitido de nuevo el portavoz de Interior, que debía mejorarse.

Fuentes de la Agencia Protección de Datos de España aseguran que se trata de una directiva “controvertida desde el primer momento por su incidencia en la esfera de la vida privada sobre la que las autoridades de protección de datos han manifestado una opinión crítica en un dictamen del Grupo del Artículo 29”. Añaden sin embargo que “es necesario esperar al pronunciamiento del tribunal, para conocer cómo queda la situación normativa”.

El abogado de la UE se ha pronunciado tras las dudas planteadas por tribunales austriacos e irlandeses. Y es que la directiva de conservación ya había sido denunciada por una sociedad irlandesa de protección de los derechos humanos en el ámbito digital, y por más de 11.000 ciudadanos austríacos, por cómo se aplicaba en ambos países. Alegaron que los datos de sus comunicaciones se trataron y conservaron ilegalmente. La opinión del abogado general no es vinculante, pero los jueces del Tribunal la tendrán en cuenta cuando dicten su sentencia sobre el caso, algo que la Comisión espera que suceda el próximo año.

Villalón propone que Bruselas apruebe una nueva directiva “en un plazo razonable” y suspender mientras los efectos de la declaración de invalidez, para no crear un vacío legal. Aunque estima que bastaría con que los operadores conservaran los datos durante un año, valora que los países de la UE han ejercido sus competencias “con moderación” al establecer períodos de almacenamiento de dos años. Además, reconoce que el objetivo de la directiva es legítimo, porque los Estados deben garantizar que los datos electrónicos están disponibles en caso de que se necesite investigar delitos graves.

La conservación de los datos de las comunicaciones formaría parte de un marco mayor, el de la protección de datos. La presión del lobby estadounidense y los casos de espionaje desvelados por el exanalista de la NSA, Edward Snowden, han ido retrasando la aprobación de una directiva que la Comisión acordó en enero de 2012, y que todavía no tiene visos de ser ratificada definitivamente por la Eurocámara y el Consejo.

Esa ley marco habría tenido que definir, antes de ponerse en marcha, los principios fundamentales imprescindibles para garantizar la protección de la intimidad de los millones de ciudadanos que cada día utilizan un teléfono móvil. Sin embargo, la directiva de 2006 deja esta regulación en manos de los Estados miembros. Lo que el abogado general concluye es que la directiva no es proporcional porque exige a los Estados miembros que los datos se conserven durante dos años, en vez de durante uno.

La reacción de la Comisión sobre el texto del abogado de la UE ha sido prudente. El portavoz de Interior recordó que la evaluación de la directiva de 2011 ya detectó la necesidad de “regular mejor algunos aspectos”. Entre ellos, el propósito con el que se usan los datos, el acceso a ellos por parte de las autoridades y el tiempo que se guardan. El porqué no se han hecho modificaciones dos años después de detectar fallos es una cuestión técnica; según el portavoz, revisar la directiva de conservación de datos no tendría sentido si no se revisara también toda la ley marco de protección de datos.

Fuente: El País.

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