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 Un hombre usa su móvil ante la silueta de una joven. / Santi Burgos

  • La policía critica la falta de colaboración de Twitter para perseguir acoso y amenazas
  • La empresa remite a los jueces a costosas comisiones rogatorias a EEUU
Natalia Junquera Madrid 17 MAY 2015 - 22:19 CEST

“Lo de Lara se podía haber resuelto en un mes, pero tardamos ocho. Twitter se negó a colaborar. Es muy frustrante”, asegura la inspectora Silvia Barrera, de la Brigada de Investigación Tecnológica (BIT) de la Policía Nacional, refiriéndose a la detención de dos hombres de 42 y 30 años —con trabajo y títulos universitarios— que acosaban a la presentadora de TVE Lara Siscar a través de la red social. No es el único caso. “Twitter se niega a dar las IP (ubicación) de los acosadores pese a que un juez ha visto indicios de delito. Dicen, por ejemplo, que la empresa y los datos están en EE UU y que el juez debe enviar una comisión rogatoria para que un juez americano ordene a Twitter facilitar esos datos. Es un proceso largo y carísimo, una forma de intentar disuadir a la justicia. Nos ha pasado con dos casos de amenazas a personajes públicos, uno grave”, añade la inspectora.

A preguntas de este diario, Twitter España se niega a decir cuántas denuncias de usuarios ha recibido por sufrir amenazas, vejaciones o acoso en su red social. Tampoco informa del número de perfiles que han cerrado por esos motivos ni por cuánto tiempo. “Nos tomamos muy en serio el acoso y las amenazas”, mantiene una portavoz. “Hemos actualizado la política y la prohibición se extiende ahora a amenazas de violencia contra otros o que promuevan la violencia contra otros; hemos cambiado la manera de aplicar la norma para poder bloquear cuentas abusivas por periodos de tiempo determinados y hemos aumentado el número de personas que trabaja en el equipo que evalúa esas denuncias”, añade. Twitter asegura que ese personal ha crecido, pero también se niega a decir cuántos son y cuál es su formación.

“Entendemos que pueden haberse encontrado en Twitter contenidos que no le gusten o le parezcan ofensivos. (...) Igual que si estamos en un espacio público podemos oír una conversación ofensiva, encontrarse con contenidos provocadores en Twitter puede ser frustrante”, le respondió la red social a Siscar cuando pidió que cerraran la cuenta de uno de sus acosadores. La presentadora no estaba frustrada, sino “asustada”. Recibía mensajes insultantes constantes desde distintos perfiles —hasta 15—, y uno de los acosadores llegó a abordarla en dos ocasiones por la calle. “Cuando vi que con Twitter no había nada que hacer, fui a la policía, que me preguntó cómo no había denunciado antes”, explica Siscar.

La consejera general de Twitter, Vijaya Gadde, admitía en un artículo el pasado abril en The Washington Post, que “a veces” habían “fracasado” al proteger a sus usuarios porque les costaba reconocer los casos de acoso y cuando sí lo hacían eran “inexcusablemente lentos”. “Pero la seguridad no es un fin en sí mismo. Si no se aplican de forma reflexiva, las herramientas de seguridad pueden minar la libertad de Twitter tanto como el abuso”, añadía.

En la mayoría de los casos denunciados en España, según la policía, Twitter parece poner por delante la libertad de expresión y privacidad de sus usuarios a los posibles delitos que estén cometiendo. Según el llamado “Informe de transparencia” de la compañía, la sede española recibió 69 peticiones de datos de las autoridades en el segundo semestre de 2014, de las que solo aportó “alguna información” en el 12%. El año anterior no respondió a ninguna.

En la subcomisión de estudio sobre redes sociales del Congreso de los Diputados, que evaluó entre otras esta problemática durante 2013, 2014 y el primer trimestre de 2015, la directora de seguridad global de Twitter, Patricia Cartes, aseguró que en España trabajaban “en estrecha conexión con la Guardia Civil, la Policía Nacional y las fuerzas de seguridad regionales”. La inspectora Barrera niega la mayor. “Facebook, al menos, retiene los datos aunque el acosador haya cerrado la cuenta. Twitter no. Tienes que estar de guardia para hacer capturas de pantalla y disponer de evidencias. Desde el punto de vista de la investigación, es como si tuviéramos que presenciar un homicidio para poder perseguir al culpable”.

Y todo eso ocurre cuando ya hay un juez que ha visto indicios de delito, lo que tampoco es fácil. “Muchos no tienen Facebook, ni Twitter, ni entienden lo que quiere decir que un vídeo ha tenido un impacto de medio millón de visitas. Todo esto es nuevo y falta mentalización”, asegura Barrera. En su informe final, la subcomisión sobre redes sociales del Congreso propuso que jueces, fiscales y fuerzas de seguridad recibieran “formación específica” y que la ley de protección civil del derecho al honor, la intimidad y la propia imagen se adaptara “al entorno digital”. Barrera opina que la mejor vía para atajar el problema serían multas altas. “Sale más rentable amargarle la vida a una persona durante dos años en Twitter que pasarse 20 kilómetros por hora el límite de velocidad”.

La Audiencia Provincial de Madrid ordenó recientemente a un juzgado de Madrid que admitiera a trámite una querella contra el autor de comentarios denigrantes en un foro de Internet. El juzgado la había archivado por falta de autor conocido al entender que la ley solo permite reclamar una IP cuando se trata de un delito grave, de más de 5 años de cárcel. Pero la Audiencia interpreta que “grave” puede ser lanzar ese tipo de expresiones “en el más potente medio de difusión social, incrementando enormemente los efectos lesivos para el derecho al honor de la querellante” [un personaje público al que habían llamado ‘perra’ y ‘zorra inmunda’]. De lo contrario, advertía, podría darse “una sensación generalizada de impunidad”.

El Código Penal y las redes sociales

Natalia Junquera

“¡Así se hace! ¡Más tiros a la cabeza de PPeros!”. La persona que escribió este tuit tras el asesinato de la presidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco en mayo de 2014 fue imputada por apología para la comisión de delitos de asesinato. “Ahí empezó el boom”, recuerda Silvia Barrera, de la Brigada de Investigación Tecnológica (BIT), cuya sección de redes sociales ha triplicado su personal en un año. “La gente nos decía si no íbamos a hacer nada. Nos pilló por sorpresa. Ahora sabemos que en cuanto hay una desgracia, hay comentarios de este tipo, aunque no todo lo moralmente reprochable es perseguible penalmente”.

“No hagamos un drama, que en el avión iban catalanes, no personas”; “Ojalá un avión en el que estén todos los catalanes se estrelle y se mueran lenta y dolorosamente”, se podía leer en Twitter tras la tragedia de Germanwings. También entonces hubo detenidos. La reforma del Código Penal agrava las penas para quienes inciten al odio, discriminación o violencia y humillen o menosprecien por razón de origen, ideología, identidad sexual... “por medio de internet o el uso de tecnologías de modo que se hiciera accesible a un elevado número de personas”. La reforma también introduce un nuevo tipo penal de acoso “para responder a conductas de indudable gravedad que, en muchas ocasiones no podían ser calificadas de coacciones o amenazas”, según el texto publicado en el BOE el pasado 31 de marzo. El nuevo tipo delictivo se dirige a quien menoscabe gravemente el sentimiento de seguridad de la víctima e intente establecer contacto con ella “a través de cualquier medio de comunicación”.

Los delitos en internet aumentan cada año . Pero la fiscal especializada Elvira Tejada advirtió en el Congreso que faltan “herramientas procesales” y “medios personales e informáticos” para investigarlos debidamente.

Fuente: El País.

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